El procedimiento pericial de determinación del daño en los seguros (tras la regulación del procedimiento de nombramiento de tercer perito en la Ley de Jurisdicción Voluntaria)

El procedimiento pericial de determinación del daño en los seguros (tras la regulación del procedimiento de nombramiento de tercer perito en la Ley de Jurisdicción Voluntaria)

  • Author: Martínez Cañellas, Anselmo
  • Publisher: Dykinson
  • ISBN: 9788413244655
  • eISBN Pdf: 9788413248578
  • Place of publication:  Madrid , Spain
  • Year of publication: 2020
  • Pages: 202
El artículo 38 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de seguro regula el procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos, específico de los contratos de seguro, para la liquidación de siniestros por parte de peritos arbitradores.La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, intentó agilizarlo, al encargar su tramitación a los Letrados de la Administración de Justicia y a los Notarios, pero no introdujo en el texto del artículo modificaciones que integraran la evolución jurisprudencial de la institución.El presente libro analiza este procedimiento pericial de determinación de la indemnización, el alcance de su naturaleza obligatoria, que lo distingue del arbitraje, y los problemas constitucionales que puede plantear. Seguidamente, analiza el art. 38 de la Ley del Contrato de seguro, y los artículos 136 a 138 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y el artículo 80 de la Ley Notarial, que lo desarrollan. El análisis pone de manifiesto inconsistencias de dicha normativa y ordena las interpretaciones jurisprudenciales de los últimos treinta años sobre la materia, que, lamentablemente, no se han reflejado en la reforma operada por la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Finalmente, analiza la aplicabilidad de este procedimiento a seguros distintos del seguro de daños. En las conclusiones se ofrecen opiniones de lege ferenda, para mejorar la normativa, y criterios interpretativos para una correcta aplicación de estos preceptos.Anselmo Martínez Cañellas es Profesor Titular de Universidad de Derecho mercantil de la Universidad de las Islas Baleares. Fulbright Senior Scholar, en la Law School de Columbia University. Colaborador del Grupo VII (sobre compraventa mercantil) de la propuesta de Código mercantil de 2013. Autor de los libros: “La interpretación e integración de la Convención de Viena sobre compraventa internacional de mercaderías” y “El incumplimiento esencial en la Convención de Viena sobre compraventa internacional de mercaderías” y Codirector del libro “Principios de Derecho contractual europeo y Principios de UNIDROIT sobre contratos comerciales internacionales”. Autor de más de 50 artículos de revistas nacionales e internacionales y partes de libro sobre Derecho de seguros, de sociedades, bancario, contractual nacional e internacional, de la Competencia, concursal, de la Propiedad Industrial, deportivo, turístico, alimentario, y de arbitraje internacional. Premio García Goyena de Derecho privado, Premio Pasqual González de Derecho civil especial de las Islas Baleares, y Premio Miquel Casals i Colldecarrera de Dret privat dels Païssos Catalans.
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  • Índice
  • Abreviaturas
  • 1. Introducción
  • 2. Generalidades sobre el artículo 38 lcs y su desarrollo en la ley de jurisdicción voluntaria y la ley notarial
  • 3. El texto del párrafo sexto del artículo 38 LCS
  • 4. Antecedentes legislativos
    • 4.1. De la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 a la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000: la flexibilización de la insaculación
    • 4.2. Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2007
    • 4.3. Propuesta de anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2013
    • 4.4. Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2014
    • 4.5. Debate parlamentario
    • 4.6. Conclusión sobre la evolución histórica de la normativa y crítica
      • 4.6.1. Justificación de la alternatividad (judicial-notarial) sobre la competencia en la designación
      • 4.6.2. Crítica a la alternatividad en la designación
  • 5. Características y cuestiones problemáticas del expediente de designación del tercer perito. ámbito de aplicación. (art. 136 LJV)
    • 5.1. ¿Expediente o procedimiento?
    • 5.2. Naturaleza imperativa del procedimiento extrajudicial del artículo 38 LCS y su alcance
    • 5.3. ¿Cuándo el expediente de designación de tercer perito puede soslayarse para iniciar un proceso contencioso?
      • 5.3.1. Cuando se inicia el procedimiento judicial por voluntad de las partes
      • 5.3.2. Cuando la actuación de una de las partes es contraria a la buena fe
      • 5.3.3. Cuando el daño cubierto por seguro de daños con póliza estimada es total
      • 5.3.4. Cuando la controversia tiene contenido jurídico
      • 5.3.5. Primera cuestión problemática: Controversias con contenido parcialmente jurídico
      • 5.3.6. Segunda cuestión problemática: La determinación de la causa del siniestro como cuestión jurídica previa que deben apreciar los peritos
    • 5.4. La naturaleza extrajudicial del procedimiento pericial y su diferencia con el arbitraje
    • 5.5. La aplicación supletoria de la Ley de Enjuiciamiento Civil o de la Ley de Arbitraje al procedimiento pericial del art. 38 LCS
    • 5.6. Configuración de un procedimiento arbitral de determinación de la cuantía indemnizatoria distinto del art. 38 LCS
    • 5.7. La posible inconstitucionalidad del carácter imperativo de trámite del art. 38 LCS y la oportunidad de su reforma
    • 5.8. Desde la LJV, la designación del tercer perito no ha dejado de ser requisito de procedibilidad, aunque literalmente cabe una interpretación que permita que deje de serlo
  • 6. Presupuestos e inicio del procedimiento para la designación del tercer perito
    • 6.1. Primer presupuesto: El intento de alcanzar un acuerdo entre las partes
    • 6.2. Los daños derivados del siniestro descubiertos con posterioridad a la valoración pericial y no incluidos en la oferta de indemnización. La renuncia a acciones futuras
    • 6.3. Segundo presupuesto: La designación de perito y el requerimiento a la contraparte para que designe otro perito
      • 6.3.1. Designación de perito por una de las partes
      • 6.3.2. Requerimiento a la contraparte para que designe otro perito
    • 6.4. Requisitos formales del requerimiento
      • 6.4.1. Cómputo de los ocho días para que la contraparte responda al requerimiento
      • 6.4.2. Respuesta del requerimiento por la contraparte, con designación de perito
      • 6.4.3. La falta de acuerdo entre los peritos nombrados por el asegurador y el asegurado en determinar los daños producidos
      • 6.4.4. El plazo para que los peritos emitan su dictamen
      • 6.4.5. Modificación del plazo por cambio de perito
      • 6.4.6. Falta de emisión del dictamen en plazo
      • 6.4.7. Regla general: debe continuarse el procedimiento, mediante la designación del tercer perito
      • 6.4.8. Excepción: dilaciones excesivas que dejan expedita la vía judicial
    • 6.5. La falta de acuerdo sobre la designación de un tercer perito
  • 7. Competencia, legitimación y postulación (art. 137 LJV)
    • 7.1. Competencia del Juzgado de lo Mercantil del lugar del domicilio del asegurado
      • 7.1.1. Antecedentes legislativos
      • 7.1.2. La competencia del Juzgado de lo mercantil es inadecuada: debería ser competente el Juzgado de instancia
      • 7.1.3. La competencia del Juzgado del lugar del domicilio del asegurado es inadecuada: debería ser competente el Juzgado del lugar donde se hallen los bienes
    • 7.2. Legitimación
    • 7.3. Postulación
  • 8. Tramitación del expediente judicial de designación de tercer perito en el contrato de seguro (art. 138 LJV)
    • 8.1. Antecedentes legislativos
    • 8.2. Iniciación del expediente de designación judicial del tercer perito. La solicitud
    • 8.3. Admisión o inadmisión a trámite
    • 8.4. Comparecencia
    • 8.5. Comunicación de la designación al tercer perito, su aceptación y nombramiento
    • 8.6. La emisión del dictamen pericial
      • 8.6.1. La formación del colegio de peritos y su actuación hasta la emisión del dictamen pericial
      • 8.6.2. Emisión del dictamen conjunto
      • 8.6.3. Contenido del dictamen
      • 8.6.4. Plazo para la emisión del dictamen pericial
      • 8.6.5. Incorporación del dictamen al expediente, comunicación y finalización
      • 8.6.6. Incumplimiento del plazo para la emisión del dictamen
      • 8.6.7. Efectos del dictamen extemporáneo
      • 8.6.8. Responsabilidad del tercer perito por el incumplimiento de la obligación de emitir el dictamen en 30 días
    • 8.7. Las costas del tercer perito
  • 9. Sobre la tramitación notarial del expediente de designación del tercer perito (art. 80 LN)
    • 9.1. Presupuesto: falta de acuerdo de los peritos
    • 9.2. Notario competente
    • 9.3. Legitimación activa
    • 9.4. Iniciación del expediente: tramitación del escrito de solicitud
    • 9.5. Comparecencia del Notario y los interesados
    • 9.6. Designación del tercer perito
    • 9.7. Aceptación del tercer perito
    • 9.8. Emisión del dictamen
    • 9.9. Finalización del expediente
  • 10. Impugnación del dictamen
    • 10.1 Causas de inexistencia del dictamen
    • 10.2 Causas de impugnación del dictamen
    • 10.3 Plazo de ejercicio de la acción impugnatoria
  • 11. Devengo de intereses de demora
    • 11.1. Devengo de intereses de demora por la indemnización mínima inicialmente reconocida
    • 11.2. Devengo de intereses de demora por el resto de la indemnización determinada en el dictamen de los peritos arbitradores
  • 12. Aplicación del procedimiento pericial del art. 38 LCS a algunos seguros con procedimiento periciales específicos
    • 12.1. Aplicación del art. 38 LCS cuando el Consorcio de Compensación de Seguros actúa como asegurador
    • 12.2. Aplicación del procedimiento pericial del art. 38 LCS a los seguros de personas
    • 12.3. Los procedimientos especiales de liquidación de los seguros de circulación de vehículos de motor
      • 12.3.1. Los convenios de indemnización directa y los convenios sectoriales de asistencia sanitaria
      • 12.3.2. El procedimiento de liquidación de daños materiales y personales de la LRCSCVM
    • 12.4. Aplicabilidad parcial a la normativa especial sobre seguros agrarios combinados
    • 12.5 Aplicabilidad supletoria del art. 38 LCS y la LJV al contrato de seguro marítimo regulado en la LNM
      • 12.5.1. Designación de liquidador de averías de mutuo acuerdo
      • 12.5.2. Designación de liquidador de averías mediante expediente notarial
      • 12.5.3. Aplicación supletoria de la LJV a la liquidación del seguro marítimo
  • 13. Conclusiones y críticas
  • 14. Bibliografía
  • 15. Jurisprudencia citada
    • 15.1. Sentencias del Tribunal Constitucional Español
    • 15.2. Resoluciones del Tribunal Supremo Español
    • 15.3. Resoluciones de las Audiencias Provinciales Españolas

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