Los motivos subjetivos y personales por los que una persona decide realizar un negocio o un acto jurídico concreto, y no otro diferente, son circunstancias externas al propio acto jurídico realizado y quedan, por tanto, al margen del Derecho en la medida en que dichos motivos subjetivos y personales no se hayan incorporado a la declaración de voluntad o no hayan sido tenidos en cuenta por el ordenamiento jurídico al establecer el régimen jurídico de un determinado acto o negocio. El principio de irrelevancia jurídica de los motivos resulta también aplicable, con carácter general, en el Derecho tributario. De esta forma, el hecho de que los motivos para realizar un negocio o acto jurídico concreto, y no otro diferente, radiquen en la búsqueda de ventajas fiscales o en el ahorro fiscal no es considerado por el ordenamiento tributario elemento suficiente por sí solo para denegar el tratamiento fiscal asociado en la norma a los negocios o actos jurídicos realizados.
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- Índice
- Índice de las abreviaturas
- Preliminar
- 1. Introducción
- 2. La lícita planificación fiscal y sus límites
- 2.1. La lícita planificación fiscal
- 2.2. La elusión fiscal
- 3. La doctrina del business purpose
- 3.1. Concepto
- 3.1.1. El business purpose como parte del juicio sobre la sustancia económica
- 3.1.2. El business purpose como juicio subjetivo
- 3.2. Distinción del business purpose de otras doctrinas anti-elusorias de elaboración judicial
- 3.2.1. La sustancia económica en sentido estricto
- 3.2.2. La doctrina de la “substance over form”
- 3.2.3. La doctrina de las operaciones complejas o concatenadas (steps o composite transactions)
- 3.2.4. Doctrina de la sham
- 3.3. Justificación y funciones
- 4. Función interpretativa del business purpose
- 4.1. La relación contra la elusión fiscal y la interpretación teleológica de las normas tributarias
- 4.2. La motivación fiscal en la interpretación teleológica
- 4.3. La función interpretativa del business purpose en los países anglosajones
- 4.3.1. EE.UU
- 4.3.2. Reino Unido
- 4.3.3. Canadá
- 4.3.4. Australia
- 4.4. Particularidades de la función interpretativa de la excelencia de business purpose en la construcción de cláusulas anti-abuso especiales
- 4.5. La generalización de la exigencia de business purpose en una interpretación principalista de las normas
- 5. Función calificadora del business purpose
- 5.1. La reacción contra la elusión fiscal y la calificación de los hechos
- 5.2. La motivación fiscal en la calificación: distinción entre motivos y causa
- 5.3. La función calificadora del business purpose en los países anglosajones
- 5.4. La incorporación de los motivos a la causa
- 6. El business purpose como umbral de legitimidad independiente
- 6.1. Insuficiencia de los mecanismos generales de delimitación en el proceso de aplicación del derecho
- 6.2. La motivación fiscal y la frontera entre la elusión y la planificación fiscal
- 6.3. Limitaciones del business purpose como umbral de legitimidad
- 6.3.1. La ausencia de business purpose como condición necesaria, pero no sufi ciente de ilicitud a efectos fi scales de las operaci
- 6.3.2. La necesidad de codifi cación para la exigencia de business purpose en función delimitadora de la lícita planifi cación fi sc
- 6.4. El business purpose contenido en el artículo 15 de la LGT
- 7. Conclusiones
- Anexo I. Relación de jurisprudencia anglosajona citada
- Anexo II. Casos relevantes de la jurisprudencia anglosajona
- Bibliografía